Fondo de Ayuda por Defunción e Incapacidad
Con la finalidad de apoyar a las familias de los socios en caso de fallecimiento, se establece el Fondo de Ayuda por Defunción, con los siguientes beneficios:
- Ayuda por defunción del socio $75,000.00 o $100,000.00 en caso de fallecimiento por accidente.
- Ayuda por Defunción de los dependientes económicos del socio (Únicamente el cónyuge o los Hijos. Para el caso de los hijos, mayores de 18 años y hasta 25 años, será condición para el pago el que se encontraran estudiando al momento del fallecimiento), recibirá la cantidad de $25,000.00.
- En caso de incapacidad total y permanente el beneficio para el socio es de $20,000.00
- Cuando el socio a consecuencia de un accidente sufra la pérdida de miembros el apoyo es de hasta $20,000.00.
- La aportación quincenal es de $20.00 en el concepto 80
Requisitos para el pago de los beneficios del Fondo de defunción
- El socio de este fondo deberá estar al corriente en sus aportaciones y se tendrá que presentar la siguiente documentación según sea el caso:
Fallecimiento del socio
- Acta de defunción original
- Copia del certificado de defunción
- Acta de nacimiento original del fallecido
- Copia de identificación oficial del fallecido
- Acta de nacimiento original del beneficiario
- Copia de la identificación oficial vigente del beneficiario
- CURP del beneficiario
- Copia de comprobante de domicilio con antigüedad menor de tres meses.
- Cuando el fallecimiento no sea por causas naturales se deberá incluir el acta del ministerio público que incluya informe de necropsia y examen toxicológico
Fallecimiento de dependientes económicos
- Acta de defunción original
- Copia del certificado de defunción
- Acta de nacimiento original del fallecido
- Cuando el fallecimiento no sea por causas naturales se deberá incluir el acta del ministerio público que incluya informe de necropsia y examen toxicológico
- Copia de identificación oficial del fallecido, cuando sea mayor de edad.
- Acta de nacimiento original del socio
- Copia de la identificación oficial vigente del socio
- CURP del socio
- Copia de comprobante de domicilio con antigüedad menor de tres meses.
Adicional a lo anterior en caso de fallecimiento del Cónyuge:
- Acta de matrimonio original, o en su caso acta de concubinato expedida por el juez de lo familiar.
Adicional a lo anterior en caso de fallecimiento de Hijos de 18 hasta 25 años:
- Constancia de estudios vigente
Incapacidad total y permanente
- Dictamen médico emitido por el I.S.S.S.T.E.
- Copia de la identificación oficial.
Por pérdida de miembros
- Certificado Médico del ISSSTE.
- Copia de la identificación oficial.